EL PASAPORTE FITOSANITARIO -NOTA INFORMATIVA-

El Real Decreto 58/2005 de 21 de enero, por el que se adoptan medidas de
protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad
Europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para
la exportación y tránsito hacia países terceros, establece las disposiciones del régimen
fitosanitario comunitario y se especifican las condiciones, los procedimientos y los tramites
de carácter fitosanitario que deben cumplirse para la introduccón de vegetales y productos
vegetales en la Comunidad o su desplazamiento en el interior de esta.
Con arreglo a la legislación anterior se informa:
1,- Para el acceso al recinto de Iberflora 2014, todos los vegetales y productos vegetales
incluidos en los Anejos IV y V de dicho Real Decreto, deberán cumplir los requisitos
fitosanitarios que en dichos anejos se indica, así como adjuntar a los documentos de
transporte de la planta, el correspondiente pasaporte fitosanitario (PF) correctamente
autorizado, en la modalidad que cada vegetal requiera: PF original, PF para Zona
Protegida o Pasaporte fitosanitario de sustitución.
2,- Cabe destacar que los vegetales de Amelanchier Med., Chaenomeles Lindl.,
Cotoneaster Ehrh., Crataegus L., Cydonia Mill., Eriobotrya Lindl., Malus Mill., Mespilus L.,
Photinia davidiana (Dcne.) Cardot, Pyracantha Roem., Pyrus L., y Sorbus L.) son especies
sensibles a la enfermedad del fuego bacteriano de las rosáceas causado por la bacteria
Erwinia amylovora. Todas las especies de rosáceas anteriores (frutales, ornamentales o
forestales) que vengan al certamen Iberflora 2014 en Valencia deben ir acompañadas de
un pasaporte fitosanitario con distintivo ZP (Zona Protegida). Una gran parte del territorio
nacional y europeo ha dejado de ser Zona Protegida para esta enfermedad, y no podrían
entrar material vegetal a menos que viniera acompañado del pasaporte ZP.
3,- Así mismo se informa que en Diciembre de 2012, la Comisión Europea publica la
Decisión 756/2012 de 5 de diciembre, por la cual los vegetales vivos de Actinidia (Kiwis),
para poder circular por el territorio de la UE también deben ir acompañados de un
pasaporte fitosanitario (PF), como medida de protección para evitar la introducción o
dispersión de la bacteria Pseudomonas syringae pv. actinidiae agente causal de la
enfermedad conocida como chancro bacteriano del kiwi.
Estas medidas son necesarias para evitar la introducción y la dispersión dentro de
nuestro territorio de plagas y enfermedades de cuarentena que no están establecidas en
nuestro territorio.