A partir de diciembre de 2019, se requerirá el pasaporte fitosanitario en todas las partidas de plantas dentro de la UE

El Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos de la UE celebró una reunión el pasado mes de diciembre en la que se acordó adoptar un formato armonizado para el pasaporte fitosanitario. Esta decisión se ha tomado en virtud de los establecido en el nuevo Reglamento de Sanidad Vegetal 2016/2031, según datos de la Federación Española de Asociaciones de Productores Exportadores de Frutas, Hortalizas, Flores y Plantas vivas (FEPEX).
Debido a ello, a partir del 14 de diciembre de 2019, se requerirán pasaportes fitosanitarios en todas las partidas de plantas comercializadas entre profesionales dentro de la Unión Europea.
Con el establecimiento de estas nuevas normas se pretende modernizar el régimen de sanidad vegetal, mejorando las medidas más eficaces para la protección del territorio de la UE y sus plantas. Además, se garantiza el comercio seguro y se atenúan los impactos en el cambio climático, sobre todo en la salud tanto de los cultivos como de los bosques.
Según el Comité, serán varias las partes interesadas que se beneficiarán del nuevo enfoque:
-En primer lugar los ciudadanos de la UE, los cuales disfrutarán de una mayor y mejor protección de los paisajes y los bosques, de los espacios verdes públicos y privados y de una menor necesidad de uso de pesticidas.
-En segundo lugar los productores y agricultores, que a través de una documentación más simple y transparente (el pasaporte fitosanitario unificado), garantizan una mejora en la protección de su producción, además de un mayor apoyo financiero en su lucha contra las plagas.
-En tercer lugar, los operadores comerciales, con un registro de operadores comunes y una rastreabilidad armonizada.
-Por último, las autoridades públicas, cuya ayuda financiera de la UE para la aplicación de medidas de vigilancia y erradicación/contención se verá incrementada.
Está previsto que la Comisión adopte varios actos delegados y de ejecución en 2019 para garantizar la correcta aplicación de la legislación en todos los estados miembros de la UE. Además, la Comisión consultará debidamente a los expertos de los estados miembros, al Parlamento Europeo y al Consejo, así como a otras partes interesadas pertinentes durante la redacción de estos actos para una mejor regulación.
Los interesados pueden consultar estos enlaces para ampliar la información de este artículo:
Reglamento (UE) 2016/2031 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016, relativo a las medidas de protección contra las plagas de los vegetales, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.° 228/2013, (UE) n.° 652/2014 y (UE) n.° 1143/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan las Directivas 69/464/CEE, 74/647/CEE, 93/85/CEE, 98/57/CE, 2000/29/CE, 2006/91/CE y 2007/33/CE del Consejo
Salud vegetal